TEXTO 20: Ley Orgánica del Estado (11-01-1967)
«Las leyes hasta ahora promulgadas abarcan la mayor parte de las materias que demanda un ordenamiento institucional. (…). Es llegado el momento oportuno para culminar la institucionalización del Estado nacional (…). En su virtud, (…), dispongo:
Art. 1.1. El Estado español, constituido en reino, es la suprema institución de la comunidad nacional.
Art. 2.1. La soberanía nacional es una e indivisible, sin que sea susceptible de delegación ni cesión.
II. El sistema institucional del Estado Español responde a los principios de unidad del poder y coordinación de funciones.
Art. 3. Son fines fundamentales del Estado: la defensa de la unidad entre los hombres y entre las tierras de España; el mantenimiento de la integridad, independencia y seguridad de la Nación (…). Todo ello bajo la inspiración y la más estricta fidelidad a los Principios del Movimiento Nacional (…) que son, por su propia naturaleza, permanentes e inalterables.
Art. 6. El Jefe del Estado es el representante supremo de la Nación; personifica la soberanía nacional; ejerce el poder supremo político y administrativo; ostenta la Jefatura Nacional del Movimiento y cuida de la más exacta observancia de los Principios del mismo y demás Leyes Fundamentales del Reino (…); sanciona y promulga las leyes (…); ejerce el mando supremo de los ejércitos de Tierra, Mar y Aire; (…); en su nombre se administra justicia; ejerce la prerrogativa de gracia; confiere, con arreglo a las leyes, empleos, cargos públicos y honores; acredita y recibe a los representantes diplomáticos y realiza cuantos actos le corresponden con arreglo a las Leyes Fundamentales del Reino (…).
Art. 14. 1. El Presidente del Gobierno habrá de ser español y será designado por el Jefe del Estado a propuesta en terna del Consejo del Reino.
Boletín Oficial del Estado, 11-1- 1967″.
COMENTARIO
Se nos presenta para comentar un texto que con el título de «Ley Orgánica del Estado» nos muestra a través de una serie de artículos las nuevas leyes propuestas por el régimen para culminar la institucionalización de España. Recogido en el Boletín Oficial del Estado.
Para realizar el comentario de este texto, procederemos de la siguiente forma: localización del texto, análisis del mismo y contextualización. Finalizaremos con unas breves conclusiones, señalando la importancia que tuvo el texto
1.- LOCALIZACIÓN
Tipo de texto: según la fuente es un texto histórico primario; según la forma es una Ley y según el tema es un texto político.
Autor: individual (Francisco Franco)
Destino: está dirigido a un colectivo y su finalidad es pública.
Época: Madrid, 11 de enero de 1967
2.- ANÁLISIS
Comenzaremos el análisis con la aclaración de algunos términos que nos ayuden a una mejor comprensión del texto. «Movimiento Nacional»: conjunto de fuerzas que se alzaron contra la Repúplica y ganaron la guerra civil. «Terna»: tres personas.
El tema central del texto es la nueva organización del Estado tras varias décadas de franquismo y las principales ideas hacen referencia a las características de España como nación (reino, soberanía nacional…), los fines del Estado, la figura y funciones del Jefe del Estado y la figura del Presidente del Gobierno. Ampliamos brevemente cada una e estas ideas.
En diciembre de 1966 el régimen franquista trató de responder al desarrollo del país con una actualización de las leyes. Esta se realizó a través de la Ley Orgánica del Estado que fue sometida a referéndum.
En este fragmento de la misma podemos observar:
1) En primer lugar, el objetivo de la ley. Esta es promulgada para culminar la institucionalización del Estado iniciada con leyes anteriormente promulgadas.
2) En segundo lugar, las características de España como nación. En los artículos primer y segundo de esta ley podemos apreciar sus características. Se recoge que el estado español es un reino y que esta es la principal institución de toda la comunidad. Asimismo, se recoge que la soberanía nacional es indivisible y que no es susceptible de cesión.
3) En tercer lugar, los fines del Estado. En el artículo tercero se muestran los objetivos del Estado, que son: la defensa de la unidad, integridad, independencia y seguridad de la nación. Todo esto se realiza conforme a las disposiciones del Movimiento Nacional basándose en su inspiración y manteniéndose fieles a él.
4) En cuarto lugar, la figura y las funciones del Jefe del Estado. En el artículo sexto podemos apreciar que el Jefe del Estado, función que recaía sobre Francisco Franco, es el máximo representante del país y por ello desarrolla todas las funciones que este cargo conlleva. Entre ellas destacan: personificar la soberanía nacional, ejercer los poderes que poseía, presidir el partido único y cuidar el cumplimiento de las leyes, aprobar y promulgar leyes, dirigir los tres ejércitos ( Tierra, Mar y Aire),administrar la justicia y recibir a los demás representantes diplomáticos realizando los actos oficiales que le correspondan.
5) Por último, la figura del Presidente del Gobierno. En el artículo 14 de este fragmento de la Ley Orgánica del Estado de 1967 se recoge que la nacionalidad del Presidente del Gobierno deberá ser española y que será designado por el por Jefe del Estado con la intervención del Consejo de Reino.
3.- CONTEXTUALIZACIÓN
El Generalísimo Franco era muy reacio a fijar en exceso y en detalle las atribuciones del poder y se opuso frontalmente a una constitución que recordase el período liberal. Cuando se decidió a institucionalizar su gobierno personal, fue en respuesta a acontecimientos externos y a presiones de quienes quería asegurarse la continuidad del franquismo en España. Ello obligó a promulgar un conjunto de leyes complejas, y a veces contradictorias, que aparecían según las necesidades políticas del régimen. En la primavera de 1938, Franco decretó el Fuero del Trabajo, que articulaba las relaciones del mundo del trabajo y establecía los fundamentos sobre los que se organizaría la economía del nuevo Estado. Un apéndice del Estado, el sindicato único obligatorio, vertical, entregado a la Falange, se encargaba del encuadramiento laboral, pero no del diseño de la economía, como pretendían los nacionalsindicalistas.
La ley constitutiva de las Cortes fue promulgada en 1942, aconsejada por la evolución del conflicto europeo (II Guerra Mundial), que ya empezaba a decantarse a favor de las democracias occidentales.
Terminada la Segunda Guerra Mundial, Franco publicó en 1945 el Fuero de los Españoles, como otra operación de maquillaje del régimen ante las exigencias democráticas de los vencedores. Solo en apariencia era una declaración de derechos. En realidad, el texto proponía un sistema político autoritario de carácter confesional con derechos limitados y sólo aprovechables por quienes no se oponían al régimen.
En el mismo año, el Fuero de los Españoles fue completado por la Ley del Referéndum, que pretendía mostrar que en España estaba reconocido el sufragio universal.
Tras diez años de vida del régimen, le Ley de Sucesión en la jefatura del Estado fue sometida a referéndum y aprobada en uno de los pucherazos de la historia del régimen por más del 93 % de los votantes, con solo una abstención del 18 %. La ley declaraba a España como «reino» por su tradición monárquica y reservaba a Franco el derecho de nombrar a su sucesor.
En 1958, sin deliberación previa de las Cortes, Franco promulgó la Ley de Principios del Movimiento Nacional. La ley suponía la incorporación institucional de la doctrina falangista y el reconocimiento de Falange Española Tradicionalista (FET) como único partido.
Después de otro período largo sin leyes fundamentales, a mediados de los años sesenta, el régimen trató de responder al desarrollo material del país con un simulacro de actualización de su entramado legislativo. Publicada y sometida a referéndum en diciembre de 1966, la Ley Orgánica del Estado introdujo algunas novedades funcionales, como la separación de los cargos de jefe del Estado y presidente del Gobierno, aunque este no se cubrirá hasta 1973.
4.- CONCLUSIONES
Tras haber analizado con detenimiento el texto y haber señalado las aportaciones del mismo, finalizaremos el comentario con unas breves conclusiones señalando la importancia que ha tenido el texto.
a. El texto analizado hace referencia a la «Ley Orgánica del Estado» del año 1967 que supuso una actualización de las leyes.
b. En este fragmento de la misma se hace referencia a las principales cuestiones del Estado, tales como sus características, fines, y representantes (Jefe del Estado y Presidente del Gobierno).
c. Esta ley forma parte de las bases jurídicas del régimen franquista.
d. La sociedad española se mostró insatisfecha con las leyes del régimen ya que sentían indefensión e inseguridad jurídica. El franquismo ignoró los principios constitutivos de todo Estado democrático como la separación de poderes, la normalidad judicial, el principio de igualdad (roto por la existencia de tribunales de excepción) o las libertades de reunión y expresión (consideradas peligrosas para la seguridad del Estado).
el comentario esta genial, me ha ayudado mucho ha hacer el mio 🙂
Me alegro enormemente. Sólo espero que no lo hayas copiado bellacamente. Mitxel.
Muchas gracias,ha sido de gran ayudar para completar mi comentario.Y para selectividad también me serán de gran ayuda.Es enorme lo que hacéis he visto por ahí comentarios de alguna gente » vaya panolís me habéis echo los comentarios de vacaciones» a esa gente ni caso,que no os desanimen ha hacer lo que hacéis no creo que lleguen muy lejos.
Ion.
qe gguenoss!! aesos frikinautas q nos hacen los deberes… como triunfan
gracias a esta paguina no e echo ningun comentario en este curso y me he estado tocando los huevos. Muchas gracias por hacerme el trabajo
Es de suponer que, al menos, los hayas leído. De todas formas, amigo Andoni, en «lengua-competencia escrita» andamos un poco regularcete… ¡Saludos!
Como te ha dicho Ion, gracias por ayudar a los que lo usamos para mejorar. Siempre habrá gente que se las arregle para hacer trampas, una pena realmente y puede llegar a frustrar mucho, pero no te desanimes Mitxel y gracias por tu esfuerzo.