LECTURA: Decretos de Nueva Planta
Se conoce como Decretos de Nueva Planta un conjunto de tres decretos firmados por Felipe V, después que, dentro de la denominada «Guerra de Sucesión», sus tropas ocupasen militarmente los diferentes reinos y territorios de la Corona de Aragón que no dependían del Consejo de Italia. El que afectaba al Reino de Valencia y Aragón se promulgó el 29 de junio de 1707, el de Mallorca y las Pitiusas, el 28 de noviembre de 1715, y el específico para el Principado de Catalunya, el 16 de enero de 1716.
La ocupación militar de la Corona de Aragón y, en consecuencia, la aplicación de los Decretos de Nueva Planta, presentaron la práctica de los planes del Memorial Secreto de Gaspar de Guzmán, el conde duque de Olivares, al rey, para «reducir estos reinos de que se compone España al estilo y leyes de Castilla sin ninguna diferencia» (1625). Con los Decretos de Nueva Planta, el primer rey de la casa de Borbón siguió, de hecho, la política aplicada en la Catalunya Norte por sus antepasados, franceses, desde el Tratado de los Pirineos y la concepción absolutista del poder de la monarquía.
Con los Decretos de Nueva Planta desapareció lo que caracterizaba el sistema de relaciones políticas: la soberanía compartida entre la monarquía y los estamentos, ejercida a través de las Cortes y de la aplicación de las Constituciones y privilegios, incluso en el caso del Reino de Mallorca, en que el Gran i General Consell tenía competencias propias de las Cortes que este reino no tenía.
Los Decretos de Nueva Planta, supusieron la muerte jurídica de Cataluña como entidad con personalidad propia, pero no solamente se consiguió la desaparición de las estructuras políticas específicas y propias de este territorio, sino que empezó la batalla política contra el catalán en todos los niveles, sin olvidar la Iglesia; ya en 1730 el arzobispo Mayoral ordenó a sus rectores que castellanizasen nombres y apellidos en los registros parroquiales.
Todos estos decretos tomaron la estructura ccentralista de Francia como modelo político, a la vez que establecían que los territorios pasasen a ser regidos según las leyes y las costumbres de Castilla, como consecuencia de la visión absolutista y centralista del monarca, tomando como motivo el castigo a la Corona de Aragón por el soporte dado al Archiduque Carlos de Austria.
El Estado Central se organizó en Provincias gobernadas por un Capitán General y una audiencia, que se encargaron de la administración. Para la administración económica y financiera se establecieron las Intendencias provinciales, siguiendo el modelo francés, comportando la aparición de la figura de los intendentes. Para el Gobierno Central se crearon las secretarías de Estado, origen de los actuales ministerios, que eran ocupadas por funcionarios designados por el rey. El sistema de Consejos de los reyes Habsburgos fue abolido, excepto el Consejo de Castilla, que centralizó el poder. Se crearon también unas Cortes únicas para todo el territorio, con sede en Madrid. Estas Cortes remarcaban la unidad y el centralismo pero no tenían influencia decisoria ante el poder absoluto del rey Borbón.
El Decreto de Nueva Planta prohibió el uso de la lengua catalana en la Administración de justicia de Catalunya; según el artículo 5, «Las causas en la Real Audiencia se substanciaran en lengua castellana». Otro ejemplo de estas acciones lo constituye la instrucción secreta redactada por Abad de Vivanco, secretario del Consejo de Castilla, dirigida a los corregidores de Catalunya, en la que comunica que «Pondrá el mayor cuidado en introducir la lengua Castellana, a cuyo fin dará las providencias mas templadas, y disimuladas para que se consiga el efecto sin que se note el cuidado».
No obstante, el Principado de Catalunya no perdió el Derecho Privado. De hecho, el artículo 42 (56 en la edición impresa por Joseph Teixidó en Barcelona) del Decreto para el Principado de Catalunya dice textualmente: «En todo lo demás que no esté previsto en capítulos precedentes de este decreto, se observen las constituciones que antes había en Cataluña; entendiéndose, que son de nuevo establecidas por este decreto, y que tienen la misma fuerza y vigor que lo individual mandado en él» y, por tanto, por no ser mencionado, no queda sujeto.
El decreto de Nueva Planta de Catalunya abolió la Generalitat, las Cortes Catalanas, el Consejo de Ciento, sustituía el virrey por un capitán general, dividía Catalunya en corregimientos, como Castilla, y desaparecen las tradicionales veguerías. Se estableció el catastro, para gravar propiedades urbanas y rurales, y los beneficios del trabajo, el comercio y la industria. Igualmente, el castellano pasaba a ser lengua oficial, especialmente de las escuelas y los juzgados. También se cerraron las universidades catalanas, que habían dado soporte al Archiduque Carlos de Austria, y se creó, de la nada, la Universidad de Cervera.
http://www.pedresdegirona.com/Castella/separata_nova_planta_es.htm
me podría resumir esto mas corto por favor? no lo entiendo mui bien y necesito explicarlo con mis palabras para un examen!! gracias!
Aunque el texto parezca muy largo es entendible. Se trata de unos Decretos que firma Felipe V tras la Guerra de Sucesión (1700-1714). Con ellos se intenta centralizar la diversidad de leyes existentes hasta en el momento. Además, no hay que olvidarlo, Felipe V trata de castigar a la Corono de Aragón porque no le apoyó en la citada guerra. De hecho, mantuvo los Fueros de ílaba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nabarra (que le apoyaron).