Tema 1: La crisis del Antiguo Régimen y la construcción del Estado liberal (1808-1876)

Tema 1: La crisis del Antiguo Régimen y la construcción del Estado liberal (1808-1876)

 ÍNDICE

 

Introducción

1.1. La guerra de la Independencia y el gobierno de José I: los afrancesados

1.2. La obra revolucionaria de las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812.

1.2.1. La obra legislativa menor

            1.2.2. La Constitución de 1812

            1.2.3. La importancia de la Constitución

1.3.- El triunfo del liberalismo: la construcción de la estructura del Estado

1.4.- El Sexenio Democrático

1.5.- La cuestión foral

  

La política expansionista de Francia (Napoleón) y su enfrentamiento con Inglaterra motivó que España (debilidad de Carlos IV) se posicionara junto a Francia. Para ello, firmó con Francia el Tratado de Fontainebleau (1807 con el fin de conquistar y repartirse Portugal, aliado de Inglaterra). Para cumplir con el tratado, tropas francesas se instalan en España. La reacción del “pueblo” motivó el “Motín de Aranjuez (19 de marzo de 1808) que llevó a Carlos IV a prescindir de su “valido” Godoy y a abdicar en su hijo Fernando VII. Napoleón no reconoció a Fernando, y Carlos IV se arrepintió de su abdicación. Para solucionar el conflicto ambos fueron requeridos por Napoleón a Bayona y, al no ponerse de acuerdo, les obligó a traspasarle el trono que a su vez lo entregó a su hermano José Bonaparte en las “abdicaciones de Bayona” (1808).

 

1.1.- La guerra de la independencia (1808-1814) (CAUSAS) y el Gobierno de José I: los afrancesados

 La Guerra de la Independencia Española fue un período (1808-1814) en el que España sufrió la invasión napoleónica. Esta invasión desencadenó la resistencia popular y el inicio de un conflicto bélico que involucró a España, Francia y Reino Unido.

  1. Las CAUSAS más importantes de esta Guerra son:
  • Tratado de Fontainebleau (1807): firmado entre España y Francia, que permitía el paso de tropas francesas por territorio español para conquistar Portugal (aliado de Inglaterra).
  • Invasión napoleónica: Napoleón Bonaparte, con la excusa de invadir Portugal, introdujo tropas francesas en España, aprovechando la debilidad de la monarquía española y la crisis interna del país (Motín de Aranjuez) (1808).
  • Las abdicaciones de Bayona: Napoleón obligó a Carlos IV y a su hijo Fernando VII a abdicar la corona española en su favor, entregándosela posteriormente a su hermano José Bonaparte.
  • Levantamiento popular: El 2 de mayo de 1808, el pueblo de Madrid se levantó contra las tropas francesas, marcando el inicio de la resistencia armada contra la ocupación.
  • Oposición a las reformas francesas: Los españoles rechazaron las reformas políticas y sociales impuestas por José Bonaparte, consideradas contrarias a la tradición y la identidad nacional.
  • Apoyo británico a España: Gran Bretaña apoyó militar y económicamente a la resistencia española, convirtiendo la guerra en un conflicto internacional.

Comienza la Guerra de Independencia y el ejército español se reorganiza para plantar cara a las tropas napoleónicas. La victoria española en Bailén, en noviembre de 1808, motiva que Napoleón entre en España, con un ejército de 250.000 hombres y desarrolle un avance espectacular volviendo a conquistar Madrid, mientras que la Junta Central Suprema se refugia en Sevilla y más tarde en Cádiz, cuya posición estratégica la hacía inexpugnable. Además, la ciudad estaba protegida por la marina inglesa. Esta Junta Central Suprema convoca las Cortes en 1810 tanto para atender la guerra con los franceses como la problemática independentista de las colonias americanas.

A su vez, parte de los militares españoles, organizan pequeños grupos de guerrilleros que acosan sin tregua a las fuerzas francesas. En su lucha contra los ejércitos napoleónicos, España contaría con el apoyo de Gran Bretaña. Ante un levantamiento que tenía lugar en todo el país, apoyado por tropas regulares y guerrilleros, los generales franceses tuvieron que aplacar la resistencia española en ciudades como Zaragoza, Valencia y Gerona.

Pero, en los siguientes años, los guerrilleros protagonizaron numerosos ataques a las guarniciones francesas, convirtiendo la ocupación en una pesadilla para los invasores. Entre estos guerrilleros cabe destacar los nombres de Espoz y Mina, el Empecinado y el cura Merino.

Prácticamente todo el país había quedado en manos francesas, a excepción de Cádiz. Sin embargo, la llegada del ejército británico liderado por el general Wellington fue de gran ayuda para los españoles. Así, británicos, españoles y portugueses derrotaron a los franceses en decisivas batallas como Arapiles (1812), Vitoria (1813) y San Marcial (Irún) (1813).   La Guerra de Independencia finaliza con el Tratado de Valençay (1813) que supuso la vuelta de Fernando (VII) a España y el comienzo de su reinado.

 

  1. El Gobierno de José I: los afrancesados

La imposición de José Napoleón como rey de España, después de serlo de Nápoles, provocó la llamada Guerra de la Independencia española. La mayor parte de la población luchó contra el rey, sobre todo una vez que se produjo la batalla de Bailén (julio 1808), y pareció que la aventura napoleónica había terminado. Pero hubo una minoría de españoles que lo aceptaron como rey desde el principio o bien cuando, con la ocupación de Andalucía en 1810, pareció que la suerte estaba decidida definitivamente.

Estos partidarios del rey, denominados “afrancesados”, considerados como colaboracionistas por los patriotas, fueron odiados de por vida y considerados traidores y malos españoles a pesar de que entre ellos había buen número de intelectuales (nobles, eclesiásticos, terratenientes…) que, desde el punto de vista actual, lo que quisieron fue evitar la guerra y llevar a cabo un plan de reformas políticas y sociales que mejorarían la situación del país.

Estos eran los herederos intelectuales de los ilustrados reformistas que, a mediados del siglo XVIII, durante el reinado de Carlos III, habían intentado difundir la filosofía del Siglo de las Luces (partidarios del reformismo ilustrado pero enemigo de medidas revolucionarias), basada en el dominio de la razón y en el espíritu de la Enciclopedia.

La vida de los “afrancesados” se complicó terriblemente a la caída del régimen de José I a quien siguieron a Francia al término de la guerra (exilio). La reacción popular fue terrible: venganzas, linchamientos, denuncias… La represión oficial, al menos, conseguía que se respetase la integridad física de los implicados, que solo podían defenderse mediante pliegos y pliegos de descargo redactados con el fin de librarse del estigma de su colaboracionismo.

 

1.2.- La obra revolucionaria de las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812

 1.2.1.- Las Cortes de Cádiz

La formación de las Cortes de Cádiz fue absolutamente novedosa para la época. Estas Cortes fueron elegidas mediante el voto de los varones mayores de 25 años que elegían a representantes por provincias. Además, se convoca una asamblea única (unicameral), en la que a cada diputado le correspondía un voto rompiendo así con la organización estamental propia del Antiguo Régimen. Las nuevas Cortes se reunían en representación de la nación y no del Rey, aunque se reconocía como soberano legítimo a Fernando VII y se le juraba fidelidad.

Entre los diputados elegidos (muchos de ellos refugiados en Cádiz por imperativos de la guerra) predominaban los eclesiásticos (casi un tercio), abogados, funcionarios, militares e intelectuales aunque también había algunos nobles. Los territorios americanos también designaron representantes, aunque fueron elegidos entre los originarios de esos territorios que se encontraban en Cádiz en ese momento. Como dato significativo, conviene resaltar que entre los diputados no había ni un solo representante de las clases populares. Además, la vida política se extendía al día a día de la ciudad, con debates constantes en cafés y periódicos. Este apasionamiento respondía a la fuerte división entre los diputados; así podemos distinguir diferentes grupos claramente diferenciados en lo ideológico:

  • Los liberales: Defendían la soberanía nacional, la división de poderes y la igualdad jurídica ante la ley. Apostaban por la desaparición de los privilegios señoriales propios del Antiguo Régimen. Era el grupo mayoritario.
  • Los absolutistas o serviles: Pretendían mantener la monarquía absoluta y el poder del rey sin los límites que marcaba la Constitución. Apostaban, por tanto, por el mantenimiento del Antiguo Régimen.
  • Los “jovellanistas” o ilustrados: Defendían la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes. Era un grupo intermedio compuesto de reformistas moderados.

1.2.2.- La obra legislativa menor

La principal obra legislativa de las Cortes de Cádiz fue la elaboración de la Constitución de 1812, pero también tomaron otras decisiones de gran trascendencia que significaban el final del Antiguo Régimen y el primer gran intento de liberalización económica y social. Destacan las siguientes: Libertad de expresión, abolición de los señoríos jurisdiccionales, derogación de los gremios, supresión de la Mesta, abolición de la tortura, supresión de la Inquisición y definición de España como nación única.

1.2.3. La Constitución de 1812 (1ª Constitución)

Pero, sin duda, lo más importante de la obra legislativa de las Cortes de Cádiz es La Constitución de 1812. Constitución (primera española) que se promulgó el 19 de marzo de 1812, día de San José; por eso se la conoce como la “Pepa”. Se compone de un discurso preliminar y 384 artículos (es un texto largo). Esta Constitución recoge muchos de los principios fundamentales que siguen vigentes en nuestros días.  Los principios fundamentales son:

a.- Soberanía Nacional: defiende que la soberanía reside esencialmente en la Nación, entendida como la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios (España y América). La forma del Estado sería una monarquía, en la persona de Fernando VII, pero parlamentaria o constitucional. (Art. 1, 2)

b.- Separación de Poderes: intenta diferenciar claramente quién hace las leyes, quién las ejecuta o lleva a la práctica y quién juzga a quien no las cumple: Poder Legislativo: “la potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el Rey”; Poder ejecutivo: “la potestad de hacer ejecutar las leyes, reside en el rey”; Poder Judicial: “la potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los Tribunales establecidos por la Ley” (Art.15-16-17

c.- Derecho de representación: La Nación estará representada por la Cortes, cuyos diputados son elegidos por la población y de forma igual en ambos hemisferios

  1. Derechos fundamentales del individuo: Libertad de Expresión / Libertad de Prensa e imprenta (Art.371); Derecho a la integridad física (Art. 303); Libertad Personal (Art. 172); Inviolabilidad del domicilio (Art.306); Garantías Procesal y Penal“ (Art. 247).
  2. e) No se reconocía, sin embargo, la libertad de culto, sino que se imponía el catolicismo como religión oficial y única, concesión clara al sector absolutista.

 

1.2.4. Importancia de la Constitución de 1812

La Constitución de Cádiz es fundamental en la historia de España. Es la primera – ya que la “Constitución de Bayona” de 1808 es una “Carta Otorgada”-. Se inspira en la Constitución francesa de 1791 pero es más avanzada y progresista que ella, ya que acepta el sufragio universal y una amplia garantía de derechos. La guerra de la Independencia no permitió llevar a la práctica lo legislado por las Cortes. Además, la mayoría de la sociedad española quedó al margen: eran campesinos, monárquicos absolutistas que estaban muy influenciados por el clero y la nobleza. Fernando VII anuló la Constitución y la obra de las Cortes de Cádiz a su vuelta del exilio en marzo de 1814 (Ver ANEXO 3). Sin embargo, la “Pepa” fue una referencia clave para el liberalismo posterior. Además, su influjo fue decisivo en otras constituciones de América del Sur y de Europa, como las de Italia y Portugal.

 

1.3.- El triunfo del liberalismo: la construcción de la estructura del Estado

Durante el reinado de Isabel II (1833-1868) se desarrolló en España, al igual que en gran parte de Europa, el proceso de construcción del Estado liberal, ya esbozado por las Cortes de Cádiz. Durante este periodo de tiempo se destruyeron definitivamente las estructuras políticas, económicas y sociales del Antiguo Régimen.

      El triunfo del liberalismo: moderados y progresistas, su legislación económica

      a) El desmantelamiento del Antiguo Régimen (1833-1843): Abarca el periodo desde la muerte de Fernando VII y la proclamación de la mayoría de edad de Isabel II.

      La Regencia de María Cristina

  • La primera Guerra Carlista (1833-1839): La muerte de Fernando VII en 1833 provocó una guerra civil (guerra carlista) que enfrenta a los carlistas, defensores de los derechos al trono de Carlos María Isidro, hermano de Fernando VII, y a los isabelinos, partidarios de Isabel II, hija de Fernando VII. Esta guerra civil no fue sólo una lucha para resolver la cuestión sucesoria, sino el enfrentamiento del Tradicionalismo (partidario del Antiguo Régimen) y el Liberalismo (partidario de las reformas ilustradas).La primera guerra carlista duró 7 años (1833-1840), coincidiendo con la regencia de María Cristina. La guerra terminó con el “abrazo de Vergara” firmado por Espartero (liberal) y Maroto (carlista) en 1839
  • La desamortización de Mendizábal (1836): Para consolidar el régimen liberal y la causa isabelina amenazada por la guerra carlista era preciso liquidar las formas de propiedad feudal típicas del Antiguo Régimen (señoríos, mayorazgos y bienes de “manos muertas” de la Iglesia) y reunir recursos financieros para permitir al ejército de María Cristina (regente desde 1833 hasta 1840) acabar con la guerra civil. La guerra carlista había disparado los gastos y requería de fuentes de financiación. Para ello se adoptaron tres medidas: la reforma y la reorganización de la Hacienda, una mayor presión fiscal y la desamortización eclesiástica, es decir, la confiscación y venta de los bienes de determinados monasterios y conventos. Con este medio no solo se obtenían recursos para la Hacienda pública sin que, además, se pretendía mermar la influencia contrarrevolucionaria de la Iglesia e impulsar una nueva clase de pequeños propietarios. Sin embargo, estos objetivos solo se consiguieron parcialmente porque, entre otras causas, los bienes fueron comprados por la burguesía comercial y financiera o recomprados (mediante testaferros) por las propias órdenes religiosas.
  • La Constitución de 1837 (2ª): Es obra de los progresistas aunque aceptaba algunos postulados del partido moderado (por ejemplo: el bicameralismo). Sus principios se inspiraron en los de la Constitución de 1812  aunque con algunos matices (separación de poderes de forma flexible permitiendo así la colaboración entre el Gobierno y las Cortes;   declaración sistemática y homogénea de derechos como la libertad personal, la inviolabilidad del domicilio, la libertad de expresión, las garantías penales y procesales, el derecho de petición, la igualdad el acceso a los cargos públicos y, por supuesto, las garantías del derecho de propiedad; autonomía de las Cortes frente al Rey; Monarquía constitucional y existencia de dos cuerpos colegisladores iguales en facultades: el Congreso de los Diputados y el Senado).

         La Regencia de Espartero (1840-1843)

La oposición de la Regente (Mª Cristina) a la Ley de Ayuntamientos de 1840 (elección de alcaldes y concejales), unido a diversos problemas ligados a la vida privada de la propia Regente, la forzaron a renunciar y a marchar fuera del país. En su ausencia se nombró a un nuevo Regente: el General Baldomero  Espartero  (1841-1843).  Durante su corta regencia, se aceleró la desamortización de los bienes eclesiásticos y se recortaron los fueros vasco-navarros.

La firma de un acuerdo “librecambista” con Inglaterra engendró grandes protestas en Barcelona (sus industrias eran partidarias del “proteccionismo”) que fueron duramente  reprimidas. El bombardeo de la ciudad llevó a que Espartero perdiera toda su popularidad, incluso entre los propios progresistas.

Finalmente, una sublevación militar organizada por los moderados, a la que se unieron algunos progresistas, precipitó el fin de la Regencia de Espartero. Para salir del “impasse” político en el que se hallaba el país, las nuevas autoridades aceleraron, pese a tener solo catorce años (dieciséis era la mayoría), la coronación como reina de Isabel II.

 

          b.- El Reinado de Isabel II (1843-1868): Abarca un largo período que se inicia con la proclamación anticipada de la mayoría de edad de Isabel y el golpe de estado revolucionario de septiembre de 1868. Los gobiernos estarán en manos de moderados y progresistas.

  • La Década moderada (1843-1854)

Durante esta etapa se elabora la Constitución de 1845 (3ª), algunos de cuyos principios eran: la reducción de los derechos de los ciudadanos respecto a la de 1837, el establecimiento de la soberanía compartida entre la Nación (Cortes y Reina), la cooperación entre el Congreso y el Senado a la hora de legislar, el sufragio censitario y la oficialidad de la religión la católica.

Otras leyes aprobadas fueron: centralización política y administrativa (basada en la división provincial, realizada por Javier de Burgos en 1833); Ley de administración local que permitía el control gubernamental del poder municipal; Restricción de la libertad de expresión; Unificación legal y judicial, con el Código Penal; Imposición del sistema métrico decimal y abolición de los pesos y medidas tradicionales; Reforma tributaria (se impuso el impuesto directo y el indirecto sobre los consumos); Creación de la Guardia Civil; Implantación de un sistema educativo único (castellanización). El País Vasco y Navarra, no obstante, mantenían sus fueros.

Destacamos, igualmente el Concordato de 1851 con la SANTA SEDE (Vaticano). Las relaciones entre España y el Vaticano se habían roto con motivo de la desamortización. Mediante este convenio (es lo que significa Concordato) se pretende reanudar estas relaciones. La Iglesia renuncia a reclamar los bienes desamortizados y el Estado suspende más venta de bienes y reconoce el catolicismo como religión oficial (lo que supone mantener económicamente a la Iglesia).

  • El Bienio Progresista (1854-1856)

Entre las leyes que se aprueban están: anulación de leyes anteriores (como la Constitución de 1845), elaboración de una nueva (1856), de carácter progresista pero que nunca entró en vigor; creación de compañías de crédito y bancos; ampliación de libertades (la clase obrera se pudo organizar legalmente en asociaciones de defensa de sus derechos: sindicatos).

Destacamos, por otra parte, dos leyes de suma importancia:

–          LA LEY DE FERROCARRILES (1855) que permitió la construcción de una importante red ferroviaria (no olvidemos su importancia en todo proceso de industrialización). Esta Ley eliminó los aranceles (así entró capital francés, belga e inglés) y concedió varios privilegios a las compañías concesionarias. Fue un gran negocio pero no alentó demasiado el crecimiento económico a industrial de España porque se hizo tarde y mal (política de concesiones), con precipitación y malas condiciones técnicas.

–          LA DESAMORTIZACIÓN CIVIL DE MADOZ (1855) que afecta, sobre todo, a los bienes de los municipios (también a los de la Iglesia no vendidos en la etapa anterior). El método es similar al de Mendizábal. Sus beneficios se emplearon en la industrialización y, más concretamente, a la expansión del ferrocarril. A pesar de no cumplir el principal objetivo (reparto de tierras) consiguió ampliar la superficie cultivada, aumentar la población, la aparición de una burguesía terrateniente, el empeoramiento de la vida del pequeño campesino sin tierras…

  • El Gobierno de la Unión Liberal (1856-1868)

La Unión Liberal es una coalición de moderados (los menos moderados) y progresistas (los menos progresistas).  Ambos eran centralistas. Se reestablece la Constitución de 1845 (anulada por los progresistas). Cuando estaban en el gobierno los Unionistas intentaban reformas políticas y de la Administración, pero cuando volvían los moderados, se producía una involución o vuelta atrás

En política exterior se realizó una intervención militar en el Norte de África para defender las posesiones españolas de los ataques marroquíes y para ganar prestigio. Aunque se impusieron, los resultados fueron muy limitados.

Se realizó una política conservadora y autoritaria, lo que provocó contactos entre la oposición para derribar al régimen (Pacto de Ostende: 1866). El objetivo era acabar con la monarquía de Isabel II. Fue firmado por progresistas, demócratas y unionistas. A esto se añadió una crisis financiera y de subsistencias, que contribuyeron a aumentar el descontento de la población hacia Isabel II. Todo ello motivó un golpe de Estado que acabó con el reinado de Isabel II.

 1.4.- El sexenio Democrático

        a) El sexenio revolucionario (1868-1875) CAUSAS

El 18 de septiembre de 1868 la escuadra, a las órdenes del brigadier Topete, se “pronunció” en Cádiz contra Isabel II. Contaba con el apoyo de los generales Serrano y Prim, líderes de la Unión Liberal y del Partido Progresista.

Las principales causas de este pronunciamiento fueron:

  • Causas Políticas: el Desprestigio de la monarquía de Isabel II (la reina y su gobierno eran vistos como incapaces de solucionar los problemas del país), la Crisis del sistema isabelino (agotamiento del sistema político), la Oposición de diversos grupos (El Partido Progresista, el Partido Demócrata y los republicanos, así como sectores del ejército, conspiraban contra el régimen) y el Pacto de Ostende (La unión de progresistas, demócratas y republicanos en 1866 para derrocar a Isabel II).
  • Causas Económicas: Crisis de subsistencias (la crisis agrícola de 1866-1868 provocó escasez de alimentos y aumento de precios, afectando especialmente a las clases populares), Crisis industrial (la crisis de 1866-1868 también afectó a la industria, con cierres de fábricas y aumento del desempleo) y la deuda pública (el endeudamiento del Estado y la gestión económica del gobierno generaron desconfianza entre los inversores).
  • Causas Sociales: Desigualdad social (la sociedad española estaba marcada por una gran desigualdad entre ricos y pobres, lo que generaba tensiones sociales), la Movilización popular (La crisis económica y el descontento político impulsaron la movilización popular, con manifestaciones y revueltas en diferentes ciudades) y el antagonismo entre clases (La falta de respuesta del gobierno a las demandas sociales exacerbó el antagonismo entre las clases sociales).  Tras el triunfo de la revolución, ésta pasó por diferentes ETAPAS, que señalamos a continuación.

         b) Surge un gobierno provisional (1868-1871), presidido por Serrano, que convocó elecciones mediante sufragio universal masculino. En estas elecciones ganó la coalición de unionistas, progresistas y demócratas. En la derecha de la oposición quedó el partido carlista y a la izquierda los republicanos.

Este parlamento elaboró la Constitución de 1869 (4ª), que convierte a España en una monarquía constitucional, democrática y parlamentaria. Reconoce la soberanía nacional, el bicameralismo (Congreso y Senado) y algunos derechos del individuo (libertad de opinión y asociación, libertad religiosa y sufragio universal masculino para mayores de 25 años). La definición del Estado como reino planteaba un problema: había que encontrar un príncipe europeo dispuesto a ser rey de España y no pertenecer a la familia Borbón. El general Prim fue el encargado de esta tarea. Finalmente, el elegido fue Amadeo de Saboya, hijo del rey de Italia Víctor Manuel II.

        c) El reinado de Amadeo I comenzó en 1871 y acabó en 1873. Se encontró un país con una grave crisis económica y financiera; además en Cuba seguía la insurrección separatista. Contaba con el apoyo de la coalición gubernamental. El rey juró la Constitución. La coalición se dividió y se creó una gran inestabilidad. Comenzó una gran oposición a este rey: los moderados defendían la vuelta de los Borbones, la nobleza se negaba a aceptar un rey extranjero, las clases medias se abstuvieron. También los carlistas iniciaron revueltas que se tradujeron en una nueva guerra. Finalmente fueron derrotados. La situación para el rey se volvió cada vez más crítica motivada por: la guerra carlista, la insurrección cubana, la agitación republicana federal, desavenencias en la coalición gubernamental, crisis económica y descontento popular. Finalmente, el 11 de febrero de 1873, el rey abdicó.

        d) El mismo día las Cortes proclamaron la I República. Se celebraron elecciones en mayo de 1873 y comenzó el intento de construir una república federal. Los federales obtienen una clara victoria electoral, pero no tienen suficiente apoyo popular, porque hubo una abstención del 70%.

Los federales intentaron establecer un régimen federal “desde arriba”. Pi i Margall fue nombrado presidente del Gobierno. Se inició el proyecto de Constitución Federal que organizaba España en 17 estados. En el verano de 1873, los federales intransigentes promovieron el movimiento cantonal, que intentaba establecerla “desde abajo”. En Andalucía, Valencia y Murcia hubo alzamientos que tenían como objetivos la constitución de unos poderes locales fuertes y autónomos (los “cantones”) que no reconocían el poder central. El cantonalismo se convirtió en una guerra civil y provocó el desgaste de los gobiernos federales. Pi i Margall tuvo que dimitir como presidente de la República. Nicolás Salmerón fue elegido presidente y aplastó la insurrección cantonal.

        f) Fin del sexenio e inicio de la Restauración. Pronto dimitió Salmerón y pasó a ser presidente Emilio Castelar, representante del sector más conservador del republicanismo. Gobernó de forma autoritaria. Las Cortes desautorizaron la gestión de Castelar y esto precipitó el golpe de estado conservador del general Pavía (Enero de 1874). Se disolvieron las Cortes y el general Serrano gobernó de forma autoritaria. El 29 de diciembre de 1874, el general Martínez Campos proclamó a Alfonso XII, hijo de Isabel II, rey de España. Con ello se inicia el periodo de la Restauración.

 

1.5.- La cuestión foral

Durante el reinado de los Reyes Católicos (1469-1504), se produce la unión territorial de Castilla (en la que están insertas las llamadas Provincias Vascongadas) y la Corona de Aragón, además de la anexión de Navarra para Castilla en 1512. Pero cada reino mantenía su diferenciación: instituciones, libertades y fueros propios procedentes de la Edad Media. Durante el reinado de los Austrias (siglos XVI y XVII) los fueros son respetados e, incluso, ampliados en algunos casos aunque no dejaron de alzarse voces para que se suprimiesen. Con el cambio de dinastía, tras la Guerra de Sucesión, a principios del S. XVIII, y la llegada de Felipe V y los Borbones, se lleva a cabo un proceso de castellanización de los reinos de la Corona de Aragón que habían apoyado la candidatura del Archiduque Carlos al trono español; así se promulgan los “Decretos de Nueva Planta” por los que dichos reinos perdieron sus Cortes, Instituciones y Fueros propios, imponiéndoles las leyes de Castilla. Sin embargo, los Fueros navarro y vascos siguieron vigentes por haber apoyado a Felipe V en la guerra. Durante todo el siglo XVIII permanecieron intocables.

Durante el siglo XIX, la primera Constitución española (Cádiz: 1812) decretó la supresión de los Fueros en favor de la igualdad de todos los españoles y de todos los territorios. No obstante, en la época de Fernando VII (1814-1833) se verán restaurados (excepto en el periodo del trienio liberal: 1820-1823). Las guerras carlistas (especialmente la tercera -(1873-1876)acabarán por abolirlos. Sin embargo, a finales del siglo XIX nacerá en Bilbao una fuerte corriente política demandando su restitución: es el “foralismo” que, junto con el “tradicionalismo” sentarán las bases del moderno nacionalismo sabiniano.

Durante el s. XX, la  Constitución de la 2ª República, en 1931, permitió la creación de estatutos de autonomía y gobiernos autonómicos, aprobándose el de Cataluña y, ya durante la Guerra Civil, el del País Vasco. Este Estatuto estuvo vigente únicamente durante nueve meses en el territorio de Vizcaya. La Dictadura de Franco (1939-1975) que entonces se impuso en España suprimió los Estatutos de Autonomía y, en lo que respecta al País Vasco, sólo dejó vigente el “Concierto Económico” en Navarra y Álava.

Tras el franquismo, que persigue todo nacionalismo y con el carlismo incluido en el sistema político franquista de FET (Partido único reconocido por Franco), viene la Transición y la Constitución de 1978, en la que se generaliza la idea de las autonomías y se crea un mapa autonómico para toda España, mediante el cual, aunque con algunas diferenciaciones, se llevó a cabo un proceso de descentralización administrativa para toda España y se recuperó el “concierto económico” como medio de financiación autonómica para el País Vasco y Navarra, respondiendo así a las aspiraciones nacionalistas y forales.

En los albores del s. XXI se ha iniciado una profunda revisión de los Estatutos de Autonomía aunque en lo que respecta al de Euskadi dicha revisión está actualmente paralizada.

 

 

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